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Paraguay se apresta a vacunar 12 millones de vacunos contra la aftosa.

Es importante mencionar que Paraguay posee desde hace media década el estatus sanitario de país libre de Fiebre Aftosa con régimen de vacunación otorgado por la OIE. La campaña de vacunación contra la Fiebre Aftosa se realiza en Paraguay en forma fiscalizada a través de 20 Comisiones de Salud Animal integrada por representantes de la Asociación Rural del Paraguay (ARP) y del Senacsa.

El segundo periodo de vacunación contra la fiebre aftosa se iniciará el próximo 15 de julio y se extenderá hasta el 15 de setiembre del corriente año. Se vacunaran más de 12 millones de bovinos en todo el país.

El Servicio Nacional de Calidad y Salud Animal (Senacsa) dio a conocer la Resolución Nº 1.488, por la cual se establece el segundo período de vacunación contra la fiebre aftosa del año 2010 en todo el territorio naciocional

La citada resolución considera que la inmunización de bovinos, ovinos, caprinos y bubalinos, se constituye en una estrategia fundamental para el cumplimiento del programa nacional de erradicación contra la fiebre aftosa, de vital importancia y de prioridad nacional, y que la prevención de la referida enfermedad se constituye en una acción esencial del servicio veterinario.

También recuerda a los productores que existe el Decreto N° 10863/00, “Por el cual se reglamenta la vacunación contra la fiebre aftosa en todo el territorio nacional, y la Ley 808/96, que declara la obligatoriedad del Programa Nacional de Erradicación de la Fiebre Aftosa en todo el país.

En ese sentido, el documento establece el segundo periodo de vacunación contra la fiebre aftosa del año 2010 en todo el territorio nacional, correspondiente a hacienda general (bovinos y bubalinos), a partir del 15 de julio hasta el 15 de setiembre de 2010, fijándose el registro hasta el 30 de setiembre del año en curso.

También dispone que los animales en la zona de alta vigilancia (ZAV) deberán ser vacunados y registrada la totalidad de la hacienda de bovinos, bubalinos, ovinos y caprinos existentes, y deberá indefectiblemente ser actualizada la identificación individual (caravaneo) de todo el ganado existente, perteneciente a las especies mencionadas.

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Departamento de prensa
Viceministerio de ganadería
25.06.10

Noti

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Publicado por: PRENSA VMG - 25/06/2010

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